Sobre la inconstitucionalidad de la Ley de Gran Scala
La semana pasada denunciamos en rueda de prensa que el proyecto de ley de Gran Scala vulnera varios principios constitucionales. Ese era el fundamento de la enmienda a la totalidad de CHA a ese proyecto. Durante el debate de totalidad, el pasado jueves día 11, el portavoz socialista José Ramón Ibáñez dijo que no quería debatir conmigo de cuestiones jurídicas, que quería debatir de política, que para el debate jurídico ya estaban los técnicos. Pues bien, ayer se conoció el informe de correcciones técnicas del Letrado de las Cortes de Aragón que asiste a la Ponencia de Gran Scala. Y hoy ocupa las portadas de los periódicos. También los Letrados de las Cortes ven indicios de inconstitucionalidad, coincidiendo con los argumentos de CHA. ¿Qué tendrá que decir ahora el Sr. Ibáñez?
Algún partido se ha apresurado a decir que acudirá al Tribunal Constitucional (TC). No obstante, el artículo 32 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional deja bien claro que, ante leyes estatales o autonómicas, sólo caben cuatro vías para recurrir al TC: el Presidente del Gobierno español, el Defensor del Pueblo, 50 Diputados del Congreso o 50 senadores. Lamentablemente los partidos opuestos a Gran Scala y a esta ley no sumamos ni 50 diputados ni 50 senadores, así que solo nos queda convencer a Zapatero o dirigirnos al Defensor del Pueblo. De momento, hace ya algunos días que los servicios jurídicos de CHA han empezado a estudiar la vía del Defensor del Pueblo. Seguiremos informando.




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