Enviado el 31 January 2010 en
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El impulso dado en España a la implantación de la Administración Electrónica, proceso regulado por la
Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, donde se establece el derecho de los ciudadanos de relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos (lo que conlleva las correspondientes obligaciones por parte de las mismas), se ha visto reforzado legislativamente con la publicación en el BOE el pasado 29 de enero de los Reales Decretos 3/2010 y 4/2010, ambos de 8 de enero, por los que se regulan, respectivamente, el
Esquema Nacional de Seguridad y el
Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica.
Ambos Reales Decretos son de naturaleza muy técnica, y vienen a reforzar significativamente los pilares sobre los que las Administraciones Públicas desarrollan sus planes de Administración Electrónica.
La finalidad del Esquema Nacional de Seguridad, según se recoge en el propio R.D. es “la creación de las condiciones necesarias de confianza en el uso de los medios electrónicos, a través de medidas para garantizar la seguridad de los sistemas, los datos, las comunicaciones, y los servicios electrónicos, que permita a los ciudadanos y a las Administraciones públicas, el ejercicio de derechos y el cumplimiento de deberes a través de estos medios”.
Por otro lado, la finalidad del Esquema Nacional de Interoperabilidad, según se recoge también en el R.D. es “la creación de las condiciones necesarias para garantizar el adecuado nivel de interoperabilidad técnica, semántica y organizativa de los sistemas y aplicaciones empleados por las Administraciones públicas, que permita el ejercicio de derechos y el cumplimiento de deberes a través del acceso electrónico a los servicios públicos, a la vez que redunda en beneficio de la eficacia y la eficiencia”.
Es indudable que las Administraciones públicas tienen todavía un largo camino que recorrer en el desarrollo tanto de la Ley como de los Reales Decretos, pero hay también que reconocer que disponemos en estos momentos en España de una normativa clave, y perfectamente definida, que establece un marco claro para poder avanzar significativamente en esta materia.
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